¿Has recibido una demanda de juicio monitorio?

Conoce cómo funciona y sus consecuencias

¿Qué es el juicio monitorio?

El juicio monitorio es un procedimiento judicial muy habitual, ya que es una vía rápida y sencilla para reclamar una deuda. Por lo tanto, si has recibido una demanda de juicio monitorio es importante que conozcas cómo funciona, cómo puedes reaccionar y las consecuencias que pueden derivarse del mismo.

Lo más importante es que, no dejes transcurrir el plazo de 20 días desde la notificación del Juzgado sin atender el pago ni oponerte al mismo, de lo contrario, el acreedor podrá solicitar directamente el despacho de ejecución, con todas las consecuencias que ello conlleva.
Es decir, no tendrás oportunidad de discutir la deuda posteriormente.

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    Si no puedes atender el pago o no estás de acuerdo con la deuda reclamada, existen diversos motivos de oposición que podrás alegar y así evitar la ejecución y ganar tiempo.

    Consulta con un abogado especialista en procedimientos judiciales civiles para conocer qué puedes hacer ante una demanda de juicio monitorio y qué es lo más recomendable en tu caso.

    Características del juicio monitorio

    Es una vía ágil y sencilla para reclamar una deuda.

    La deuda reclamada ha de ser dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.

    El acreedor ha de acreditar la deuda reclamada documentalmente.

    El deudor tiene un plazo de 20 días para atender el pago u oponerse.

    Si no paga ni se opone en el plazo de 20 días, el acreedor puede solicitar directa e inmediatamente la ejecución.

    ¿Qué puedo hacer si he recibido una demanda de juicio monitorio?

    • Atender el pago de la deuda, sin condena en costas.
    • Presentar escrito de oposición al monitorio, que provocará el archivo del proceso monitorio, e inicio de un nuevo procedimiento.

    Todo ello en un plazo de 20 días hábiles, es decir, excluyendo sábados, domingos y festivos.

    RECUERDA: no debes dejar transcurrir el plazo de 20 días sin pagar u oponerte.

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    ¿Puedo oponerme al juicio monitorio?

    La experiencia de nuestro despacho nos permite afirmar que, en muchas ocasiones, presentar oposición al juicio monitorio es una muy buena opción.

    Algunos motivos que pueden alegarse son:

    • Inexistencia o falta de acreditación de la deuda.
    • Cláusulas abusivas del contrato suscrito.
    • Nulidad del contrato por usurario.
    • Prescripción de la deuda.

    En nuestro despacho estudiaremos la demanda recibida y podremos indicarte qué puedes hacer al respecto.Pues, es evidente que la oposición debe estar motivada y fundamentada e incluso acompañarla de los documentos que se consideren oportunos en cada caso.

    ¿Qué puedo conseguir si me opongo al juicio monitorio?

    • Evitar el despacho inmediato de ejecución.
    • Ganar tiempo.
    • Lograr la desestimación de la demanda por los motivos que en cada caso se aleguen.
    • Iniciar una negociación con el acreedor, para obtener una quita, o un plan de pagos.

    ¿Qué ocurre una vez me he opuesto al monitorio?

    En caso de presentar la oposición, el Juzgado dará por terminado el procedimiento monitorio, resolviéndose el asunto en el juicio que corresponda según la cuantía reclamada, es decir, se convertirá en un procedimiento ordinario si la cuantía es superior a 6.000 € o en el juicio verbal si es inferior.

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