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Hipotecas con IRPH

¿En qué consiste el IRPH y cómo comprobar si lo tengo en mi hipoteca?

El IRPH es un índice oficial publicado por el Banco de España que se ha utilizado como referencia para establecer el tipo de interés variable en algunas hipotecas, dando lugar a la aplicación de un interés más alto que el que resultaría si la referencia fuera a otros índices, como el EURIBOR, con la consecuencia de que durante la vida de esas hipotecas se acaban pagando muchos más intereses.

Para saber si estás afectado por el IRPH, puedes buscar la cláusula de intereses variables en la escritura de préstamo hipotecario que firmaste en su día en la notaría y comprobar si se establece como tipo de referencia el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de 3 años para adquisición de vivienda libre, que puede ser de Bancos, de Cajas de Ahorros o del conjunto de las entidades de crédito.

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¿Por qué se puede considerar abusivo el interés referenciado al IRPH?

Para que el consumidor pueda comprender las consecuencias económicas de dicha cláusula en su hipoteca, la entidad bancaria debería facilitarle antes de la firma de la escritura información suficiente que le permita hacer una comparación con otros productos financieros ofrecidos en el mercado.

Y entre la información que la entidad debió facilitar al consumidor para que pudiera comparar, se encontraría la siguiente:

  • la evolución en los dos años naturales previos del índice de referencia, así como su último valor disponible; y
  • la información relativa al índice de referencia con la aplicación de un diferencial negativo

Existe una Circular del Banco de España, la 5 de 1994, que daba esta instrucción a las entidades.

De manera que si antes de firmar el préstamo la entidad no facilitó esta información, la cláusula de intereses variables podría considerarse nula y abusiva por falta de transparencia.

¿Qué puedo conseguir si reclamo por el IRPH?

Que la entidad sea condenada a recalcular todos los intereses de la vida de la hipoteca sin la aplicación del índice IRPH declarado nulo, y a devolver al consumidor las cantidades cobradas de más, que suelen ser muy considerables, en algunos casos por encima de los 30.000 €.