Nuestro despacho de abogados es especialista y experto en la gestión de Segunda Oportunidad. Si te encuentras inmerso en deudas y deseas empezar una nueva etapa, ponte en contacto con nosotros y estaremos encantados de prestarte asesoramiento durante todo el proceso y defenderte ante el juez con el objetivo de lograr la cancelación de todas tus deudas.
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Si, la última modificación de la Ley Concursal permite en todo caso conservar la vivienda habitual del deudor, con el requisito de someterse a un plan de pagos.
Si, puedes exonerarte hasta un importa máximo de 10.000 euros de deuda con Hacienda y Seguridad Social.
Sí, podrás disponer de la cantidad que se establezca para atender las necesidades cotidianas del deudor y de las personas dependientes de él, y en todo caso, se respetarán los criterios de inembargabilidad del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Si quiere conocer más detalles sobre la inembargabilidad del salario o la pensión en el proceso, puede visitar nuestro post sobre la segunda oportunidad y el sueldo o pensión.
Depende, ya que existen dos modalidades de exoneración del pasivo insatisfecho.
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